Las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) están determinadas por ley, y fiscalizadas por la Cámara Nacional Electoral. Sin embargo, el rol de los partidos que compitan será vital en el desarrollo de la votación: serán las juntas electorales partidarias las que proclamen candidatos.
Para competir el 14 de agosto, cada lista debe cumplir una serie de requisitos, como presentar un informe de financiamiento de campaña ante la agrupación, entre otras exigencias formales. Si bien todos los ciudadanos mayores de edad deben votar, la marcha del proceso interno será seguido de cerca por cada junta electoral partidaria, bajo las pautas que marque la autoridad nacional.
Las juntas electorales partidarias deben oficializar las listas de precandidatos y comunicarlas a la Justicia; oficializar los modelos de boleta y someterlos a la aprobación formal de la Justicia, distribuir los aportes públicos y los espacios publicitarios en radio y TV entre las listas oficializadas; informar al juzgado del distrito los responsables económico-financieros de cada lista que compita; y finalmente proclamar a los electos.
En rigor, las juntas electorales nacionales de cada distrito se constituirán formalmente el 23 de agosto; es decir, 60 días antes de la elección general convocada para el 23 de octubre.